Capítulo VI - Disolución
Artículo 31. La Asociación se disolverá, además de por las causas establecidas, por voluntad de los socios.
La disolución por voluntad de los socios se acordará en la Asamblea General Extraordinaria convocada al efecto.
Artículo 32. Si por la causa que fuere, la Asociación se disolviera, los bienes muebles e inmuebles, así como los fondos que hubiere, pasarán a incrementar los medios docentes del Centro Social Bellavista - Julio Blanco.
- 867 lecturas